El proyecto de ley orgánica de la Policía enviado por el Presidente
al Congreso Nacional obliga a los oficiales superiores a presentar su
declaración jurada de bienes.El artículo 132 de la pieza enviada por
Danilo Medina establece que “los oficiales generales, oficiales superiores y personal administrativo con potestades de dirección de la Policía Nacional están obligados a presentar una declaración jurada de su patrimonio ante el Consejo Superior Policial cada dos (2) años”.
Las declaraciones juradas de patrimonio de los miembros de la Policía Nacional serán públicas, “salvaguardando siempre aquellos datos de carácter íntimo o personal que puedan comprometer la seguridad individual”.
El proyecto también prohíbe la asignación de agentes a particulares. La medida está contemplada en el artículo 13 de la pieza que ahora deberá ser sancionada por el Poder Legislativo, en el apartado denominado “Funciones”.
Se trata de uno de los reclamos sectoriales de mayor insistencia en los últimos años, debido al gran número de policías que trabajan y realizan funciones ajenas a las funciones esenciales de esa institución, que es proteger vidas y preservar la seguridad ciudadana.
“Queda prohibida la asignación de agentes policiales a personas públicas o privadas para fines distintos a los de la exclusiva competencia de la Policía como órgano de seguridad ciudadana”, apunta el anteproyecto de ley policial. Añade que “las personas a quienes hayan sido asignados agentes policiales no pueden utilizarlos para actividades distintas a las estrictamente necesarias para que estos cumplan su función”.
El último número que se conoció sobre la cantidad de agentes de todos los rangos que generalmente sirven a políticos, empresarios, artistas y comunicadores, asciende a 6 mil y fue dado a conocer hace unos meses por el propio gobierno, cuando lanzó el programa de seguridad ciudadana “Vivir Tranquilo.
Otras de las novedades más relevantes de esta ley, y que igualmente responde a reclamos de sectores organizados de la sociedad dominicana, tiene que ver con la creación de la figura “Comisiones Independientes”, que jugaría un papel importante en la transparencia de las investigaciones a policías que cometan faltas en el ejercicio de sus funciones.
Las Comisiones Independientes serán creadas por el Consejo Superior Policial, para realizar investigaciones públicas sobre quejas por inconductas de sus miembros.
Pero lo más interesante de esta iniciativa es que “su misión será establecer los hechos, la secuencia de eventos y las consecuencias de las inconductas alegadas”.
Estas responsabilidades significan que cuando un miembro de la Policía haya incurrido en un comportamiento que riña con la ley o transgreda lo establecido por esta ley orgánica, los comisionados independientes que designe el Consejo Superior Policial podrán presentar sus conclusiones sin que medie el interés de alguna fuerza interna dentro de la Policía.
“Las conclusiones de las Comisiones Independientes no se orientarán a probar la certidumbre de las quejas, sino que podrá abocarse a establecer las probabilidades de que las inconductas hayan tenido lugar”, sostiene.
Añade que los comisionados podrán sugerir si aplica una medida disciplinaria y pueden identificar posibles cambios en las prácticas vinculadas para evitar nuevas ocurrencias.
En vez de 2, serían 3 años duración de director PN
Según este anteproyecto de ley, la designación del Director General de la Policía, como se llamará a quien hasta ahora le llaman jefe, será por un período máximo de tres (3) años y no de (2) dos, como establece la ley actual. El artículo 25 señala que al cesar de sus funciones, el director general pasará automáticamente a situación de retiro. Asimismo, para ocupar este cargo se requerirá una experiencia de 25 años de servicio ininterrumpido en la Policía, y no de 20 como requiere la ley que aún rige el cuerpo del orden. Un aspecto que no tiene la ley 96-04 vigente es la inclusión de una Doctrina Policial, definida en el artículo 12 del anteproyecto como “el conjunto de conocimientos, principios y valores que organizados metodológicamente, recogen la historia de la Policía Nacional y los fundamentos filosóficos y legales que definen su rol constitucional e institucional, fomenta los valores éticos y morales como principal soporte de las actuaciones del personal policial, fundamentadas en el respeto de los derechos humanos y las leyes, estableciendo modelos de conducta que guíen e identifiquen a la institución policial y a sus miembros dentro de la sociedad”.
Danilo Medina establece que “los oficiales generales, oficiales superiores y personal administrativo con potestades de dirección de la Policía Nacional están obligados a presentar una declaración jurada de su patrimonio ante el Consejo Superior Policial cada dos (2) años”.
Las declaraciones juradas de patrimonio de los miembros de la Policía Nacional serán públicas, “salvaguardando siempre aquellos datos de carácter íntimo o personal que puedan comprometer la seguridad individual”.
El proyecto también prohíbe la asignación de agentes a particulares. La medida está contemplada en el artículo 13 de la pieza que ahora deberá ser sancionada por el Poder Legislativo, en el apartado denominado “Funciones”.
Se trata de uno de los reclamos sectoriales de mayor insistencia en los últimos años, debido al gran número de policías que trabajan y realizan funciones ajenas a las funciones esenciales de esa institución, que es proteger vidas y preservar la seguridad ciudadana.
“Queda prohibida la asignación de agentes policiales a personas públicas o privadas para fines distintos a los de la exclusiva competencia de la Policía como órgano de seguridad ciudadana”, apunta el anteproyecto de ley policial. Añade que “las personas a quienes hayan sido asignados agentes policiales no pueden utilizarlos para actividades distintas a las estrictamente necesarias para que estos cumplan su función”.
El último número que se conoció sobre la cantidad de agentes de todos los rangos que generalmente sirven a políticos, empresarios, artistas y comunicadores, asciende a 6 mil y fue dado a conocer hace unos meses por el propio gobierno, cuando lanzó el programa de seguridad ciudadana “Vivir Tranquilo.
Otras de las novedades más relevantes de esta ley, y que igualmente responde a reclamos de sectores organizados de la sociedad dominicana, tiene que ver con la creación de la figura “Comisiones Independientes”, que jugaría un papel importante en la transparencia de las investigaciones a policías que cometan faltas en el ejercicio de sus funciones.
Las Comisiones Independientes serán creadas por el Consejo Superior Policial, para realizar investigaciones públicas sobre quejas por inconductas de sus miembros.
Pero lo más interesante de esta iniciativa es que “su misión será establecer los hechos, la secuencia de eventos y las consecuencias de las inconductas alegadas”.
Estas responsabilidades significan que cuando un miembro de la Policía haya incurrido en un comportamiento que riña con la ley o transgreda lo establecido por esta ley orgánica, los comisionados independientes que designe el Consejo Superior Policial podrán presentar sus conclusiones sin que medie el interés de alguna fuerza interna dentro de la Policía.
“Las conclusiones de las Comisiones Independientes no se orientarán a probar la certidumbre de las quejas, sino que podrá abocarse a establecer las probabilidades de que las inconductas hayan tenido lugar”, sostiene.
Añade que los comisionados podrán sugerir si aplica una medida disciplinaria y pueden identificar posibles cambios en las prácticas vinculadas para evitar nuevas ocurrencias.
En vez de 2, serían 3 años duración de director PN
Según este anteproyecto de ley, la designación del Director General de la Policía, como se llamará a quien hasta ahora le llaman jefe, será por un período máximo de tres (3) años y no de (2) dos, como establece la ley actual. El artículo 25 señala que al cesar de sus funciones, el director general pasará automáticamente a situación de retiro. Asimismo, para ocupar este cargo se requerirá una experiencia de 25 años de servicio ininterrumpido en la Policía, y no de 20 como requiere la ley que aún rige el cuerpo del orden. Un aspecto que no tiene la ley 96-04 vigente es la inclusión de una Doctrina Policial, definida en el artículo 12 del anteproyecto como “el conjunto de conocimientos, principios y valores que organizados metodológicamente, recogen la historia de la Policía Nacional y los fundamentos filosóficos y legales que definen su rol constitucional e institucional, fomenta los valores éticos y morales como principal soporte de las actuaciones del personal policial, fundamentadas en el respeto de los derechos humanos y las leyes, estableciendo modelos de conducta que guíen e identifiquen a la institución policial y a sus miembros dentro de la sociedad”.
Fuente: El Caribe
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